Capítulo 12 | GRADUACIÓN

12.3 TRABAJO FINAL DE POSGRADO: MAESTRÍAS

El proceso de elaboración, presentación, evaluación y aprobación del Trabajo Final de Maestría se ajustará a los requisitos previstos por la Resolución Nº 160/2011 del Ministerio de Educación y a lo establecido en el reglamento de cada carrera, según se indica a continuación:

A) SOBRE EL PROYECTO DE TRABAJO FINAL DE MAESTRÍA

Una vez que el alumno ha cursado y aprobado las materias METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN (PARTE I) y METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN (PARTE II) o la que en el futuro las reemplace debe comenzar con la producción de su Trabajo final de Maestría.

B) CONSIDERACIONES GENERALES

Al momento de emprender la producción del Trabajo Final de Maestría, el maestrando deberá presentar ante el Director de la Carrera el Proyecto de Trabajo Final aprobado de las materias mencionadas en párrafo anterior.

Para poder avanzar con la producción del Trabajo final de Maestría, el maestrando deberá presentar el proyecto al director de carrera a fines de ser aprobado junto con el perfil de director propuesto.

C) CONTENIDO DEL TRABAJO FINAL DE MAESTRÍA
  1. Debe ser de carácter individual.
  2. Debe permitir evidenciar la integración de aprendizajes realizados en el proceso formativo y dar cuenta del conocimiento sobre el tema elegido.
  3. Debe ser redactado en lengua española.
  4. Debe seguir, la estructura en base a la tipología de trabajo elegida ya sea: Plan de Negocios, Plan de Intervención/Innovación o Plan de investigación.
  5. Debe respetar lo indicado por los estándares definidos en las normas APA (American Psychological Association), sistema único de cita utilizado por esta Institución. 6) Su defensa será oral y pública, realizada en lengua española.
D) SOBRE EL DIRECTOR DEL TRABAJO FINAL DE MAESTRÍA
  • Es obligatoria la figura de Director en el trabajo final de Maestría. Es facultad del alumno proponer un director para el desarrollo de su tesis.
  • El perfil del director propuesto será aprobado o rechazado por el Director de Carrera según lo dispuesto en el reglamento de cada carrera. El Director del Trabajo Final de Maestría, deberá poseer como mínimo una formación de posgrado equivalente a la ofrecida por la Carrera ya sea en universidades argentinas o extrajeras.
E) REQUISITOS A ENVIAR PARA APROBACIÓN DE TEMA Y DIRECTOR
  • Archivo en soporte digital (PDF) del proyecto de tesis
  • Carta de aceptación del director
  • CV del director para analizar el perfil propuesto.
  • Carta de No plagio firmada
F) PLAZO DE ENTREGA DEL PROYECTO DE TRABAJO FINAL

La presentación de la documentación relativa al Proyecto de Trabajo Final deberá realizarse dentro del plazo de los dos (2) meses de haber culminado el cursado, METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN, prorrogable por el período que autorice el Director de la Carrera, por única vez, a solicitud del alumno. En caso de incumplimiento de este requisito, el alumno deberá recursar la asignatura.

G) PROCESO DE EVALUACIÓN DEL TRABAJO FINAL DE MAESTRÍA

Habiendo obtenido la aprobación final del Director del Trabajo Final de Maestría, el estudiante podrá avanzar, junto con el apoyo de su director, con la producción de su trabajo final de Maestrías

Una vez finalizada la producción de tesis, siempre dentro del plazo máximo previsto para la duración de la carrera, deberá solicitar la conformación de un Tribunal Evaluador. Previa solicitud de la persona interesada, con causal fundada avalada por su director de tesis, el Director de la Carrera podrá conceder una prórroga de hasta doce (12) meses como máximo, para la presentación y aprobación del Trabajo Final toda vez que se encuentre excedido el plazo máximo previsto para la duración de la carrera.

H) TRIBUNAL EVALUADOR DEL TRABAJO FINAL DE MAESTRÍA
  • El Tribunal será integrado por tres docentes que detenten el título de Magister o superior, siendo al menos uno (1) de ellos externo a la Universidad, pudiendo ser de nacionalidad argentina o extranjero con probado dominio de la lengua española.
  • El Tribunal será designado por el Coordinador, bajo la supervisión del Director de la Carrera, dentro de los 30 días inmediatos posteriores a la presentación del Trabajo Final de Maestría en condiciones de ser evaluada.
  • La designación del Tribunal será comunicada al alumno. El alumno dispondrá de un plazo de hasta 5 (cinco) días hábiles para impugnar, si lo considera, algún miembro del tribunal con causa debidamente fundamentada, lo que quedará sujeto a consideración del Director de la carrera.
I) RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DEL TRIBUNAL EVALUADOR DEL TRABAJO FINAL DE MAESTRÍA

El tribunal expedirá su evaluación mediante Rubrica Unificada, en la cual se verá plasmada la evaluación de los tres miembros del tribunal mediante votos fundados. En caso de disidencias, se tomará como resolución el voto de la mayoría, pudiendo ser las siguientes:

  • Habilitado a Defensa oral: El alumno cuenta con 30 días para solicitar al área de trabajo final mesa de defensa oral de tesis.
  • Habilitado a Defensa Oral con Observaciones: El alumno se encuentra habilitado, pero debe, antes de solicitar mesa de defensa oral, realizar las modificaciones solicitadas por el tribunal. Estas modificaciones serán evaluadas en la instancia de Defensa Oral.
  • Reelaboración de Observaciones: El alumno cuenta con 30 días para realizar las modificaciones solicitadas por el tribunal evaluador y enviar el Trabajo Final nuevamente a fin de ser evaluado por el mismo tribunal.
  • Reprobado: En caso de no aprobación del Trabajo Final de Maestría, el maestrando dispondrá de doce (12) meses para presentar un nuevo Trabajo Final de Maestría, debiendo respetar todos los pasos, requisitos y demás exigencias previstas en el presente reglamento desde la etapa de presentación del Proyecto del Trabajo Final ante el Director de Carrera en adelante.
J) APROBACIÓN DEL TRABAJO FINAL DE MAESTRÍA

Es requisito indispensable, para la aprobación del Trabajo Final de Maestría, transcurrir por la instancia de Defensa Oral.

  • En caso de habilitación a defensa del Trabajo Final de Maestría, se designará fecha para la instancia de Defensa Oral. El acto de defensa será público, siendo el Área de Trabajo Final junto con el tribunal, quienes fijarán la fecha y hora de la misma notificando al maestrando, y al tribunal. Se otorga al alumno un plazo máximo de treinta (30) días solicitar la instancia mencionada.
  • El Tribunal de Trabajo Final presidirá la defensa oral y pública del candidato a magíster. El acto será avalado por el Director de la carrera y/o el Coordinador Académico de la misma.
  • En el acto de la defensa el maestrando expondrá los aspectos relevantes de su trabajo en un tiempo no mayor a 35 minutos. A continuación, el tribunal podrá realizar las preguntas que se consideren pertinentes relativas al tema expuesto. Posteriormente y en el mismo acto, una vez terminada la defensa, el tribunal dará al alumno la devolución correspondiente y la calificación final que merece tanto el trabajo escrito realizado como la presentación.
  • La defensa oral, según la siguiente escala: Sobresaliente (10), Distinguido (9), Muy Bueno (8), Bueno (7) y Desaprobado (6 o menos). De lo anterior surge que el Trabajo Final se aprueba necesariamente con 7 (siete) o más puntos.
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