Capítulo 2 | CONDICIONES DE INGRESO Y ADMISIÓN

2.4 DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA PARA ESTUDIANTES EXTRANJEROS

CONVALIDACIÓN DEL SECUNDARIO

Las personas que hayan finalizado el Nivel Medio en el extranjero y deseen acceder a estudios superiores en la República Argentina deben convalidar su título ante las autoridades educativas nacionales. La convalidación es un requisito obligatorio y excluyente para la emisión del título final de la carrera, y es documentación obligatoria para la admisión definitiva en la carrera.

La información actualizada sobre el procedimiento se encuentra disponible en los siguientes enlaces oficiales:

  • Países con Convenio
  • Países sin Convenio

MATERIAS POR EQUIVALENCIA DE ESTUDIOS EN EL EXTRANJERO

La persona aspirante que haya estudiado en el extranjero alguna carrera de grado, pregrado o posgrado y que desee proseguir sus estudios en la Universidad Siglo 21 puede presentar Solicitud de Equivalencias.

Los requisitos son los siguientes:

  1. Presentar la documentación académica legalizada de acuerdo con la legislación vigente en el país emisor (certificación consular o apostilla de La Haya).
  2. En caso de que la documentación se encuentre redactada en idioma extranjero, debe ser previamente traducida al español por un Traductor Público Nacional que, salvo en el caso de Brasil, deberá estar inscripto en el Registro Público de Traductores.

La persona aspirante que presente equivalencias de una universidad en el extranjero y que, además, haya finalizado el secundario en el extranjero, debe obligatoriamente convalidar su título secundario conforme a la normativa argentina y según lo descripto precedentemente.

ACCESO A CARRERAS QUE REQUIERAN TÍTULO DE GRADO PREVIO

Quienes deseen acceder a un programa que requiera título de grado previo y cuenten con un título de grado obtenido en una universidad extranjera deberán convalidarlo o revalidarlo (según corresponda) conforme a la normativa vigente. Esta disposición también aplica a las carreras de grado que exigen la posesión de un título de grado previo.

En estos casos, y a diferencia del título secundario, no se podrá comenzar a cursar sin la presentación de la convalidación o revalidación correspondiente. Asimismo, podrá requerirse la presentación del certificado de estudios secundarios debidamente convalidado, bajo los requisitos anteriormente descriptos.

Para convalidar o revalidar un título universitario, se deberá acceder al siguiente enlace: Convalidación Título.

PROGRAMAS DE POSGRADO

La norma general establece que, para cursar una carrera de posgrado en la República Argentina, la persona interesada que posea un título de grado obtenido en el extranjero deberá convalidarlo o revalidarlo (según corresponda) conforme a la normativa vigente al momento del trámite.

Sin embargo, de acuerdo con lo expresado en la Resolución Ministerial N.º 416/00, las universidades podrán reconocer estudios de grado aprobados en el extranjero exclusivamente a los efectos de la prosecución de estudios de posgrado en la República Argentina, siempre que la currícula del programa no requiera el ejercicio profesional.

RESIDENCIA MIGRACIONES

Es requisito obligatorio la obtención de la residencia otorgada por la Dirección Nacional de Migraciones para poder estudiar en la República Argentina. Será responsabilidad de la persona interesada asesorarse previamente en el consulado o embajada de su país de origen.

A los efectos de la correcta realización del trámite, el Centro de Internacionalización de la Universidad facilitará al alumnado extranjero ingresante la correspondiente Constancia de Inscripción electrónica, generada a través del sitio web de la Dirección Nacional de Migraciones (DNM).

La Dirección Nacional de Migraciones extenderá una residencia precaria y solicitará a la persona inscripta acreditar su avance académico transcurridos los primeros 6 o 12 meses —según la duración de la formación académica— mediante la presentación de un certificado analítico parcial y un certificado de estudiante regular, ambos legalizados por el Ministerio de Educación y por el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda.

La persona que se encuentre cursando una carrera de grado o pregrado deberá presentar obligatoriamente su DNI argentino durante el primer año de ingreso. La persona que curse una carrera de posgrado podrá presentar como documentación que acredite su identidad el DNI argentino o el pasaporte.

Para mayor información sobre requisitos, documentación necesaria, plazos y procedimientos de residencia, se deberá ingresar al sitio web de la Dirección Nacional de Migraciones.

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