Para poder rendir exámenes parciales, finales o la Defensa Oral de su Seminario Final es requisito necesario que la matricula se encuentre paga y activa, siendo la misma de una duración semestral.
Quienes deseen cursar materias en los periodos habilitados, deberán contar con los aranceles del periodo abonados y no deberán poseer deuda alguna. La modalidad de pago es por paquete de materias, según la carrera y/o modalidad.
Quienes cursen en la Modalidad Presencial (P) tendrán la opción de generar y abonar diferentes opciones de tickets por 1 (una) materia, 3 (tres) materias, 4 (cuatro) materias y 6 (seis) materias, pudiendo combinarlos, según la cantidad de materias que tengan habilitadas para cursar y hasta el máximo permitido de 8 (ocho) materias por semestre de cursado.
Aplica esta norma arancelaria también para la carrera de Tecnicatura Universitaria en Enfermería.
Quienes cursen en la Modalidad Presencial Home (PH) y Distancia (ED y EDH) tendrán la opción de generar y abonar tickets por paquetes de materias, según los esquemas siguientes:
CARRERAS DE GRADO (+) | CARRERAS DE PREGRADO (*) | |||
Hasta 3 (tres) materias | Hasta 6 (seis) materias | Hasta 2 (dos) materias | Hasta 4 (cuatro) materias | |
Inscripción en el Subperíodo A | Ticket A | Arancel por semestre completo (Ticket A + Ticket B) | - | Arancel por semestre completo (Ticket A + Ticket B) |
Inscripción en el Subperíodo B | Ticket B | Ticket B |
(*) Aplica esta norma arancelaria para quienes se encuentren cursando los Ciclos de Complementación: Licenciatura en Administración de Servicios de Salud y Profesorado Universitario para Nivel Medio
CICLOS DE COMPLEMENTACIÓN (*) ESCRIBANÍA – LICENCIATURA EN EDUCACIÓN | PREGRADO PROCURADOR (*) | |||
Hasta 2 (dos) materias | Hasta 4 (cuatro) materias | Hasta 3 (tres) materias | Hasta 5 (cinco) materias | |
Inscripción en el Subperíodo A | - | Arancel por semestre completo (Ticket A + Ticket B) | - | Arancel por semestre completo (Ticket A + Ticket B) |
Inscripción en el Subperíodo B | Ticket B | Ticket B |
(*) Quienes se encuentren cursando una carrera de pregrado o ciclo de complementación curricular (MD), no cuentan con la opción de generar arancel único para inscribirse en el subperíodo A, deberán abonar semestre completo si cursa materias en el subperíodo A.
Quienes se encuentren habilitados a cursar materias adicionales y decidan cursar asignaturas extra a las contempladas en el paquete de materias cuyo/s tickets generó y abonó, deberán asumir el pago del arancel correspondiente, según corresponda:
En materias extras no aplican beneficios o becas sobre aranceles que el alumno pueda tener vigentes en su legajo.
Quienes estando habilitados se inscriban a materias en el periodo excepcional de cursado de verano que se dicta entre los meses de febrero y marzo, deberán abonar un arancel individual por cada materia. El pago del arancel deberá realizarse antes del comienzo de cursado y como plazo máximo el de finalización de periodo de cursado.
No aplican beneficios o becas sobre los aranceles de las materias que se cursen en el periodo de verano.
Quienes deseen cursar materias en la Universidad, deberán generar sus tickets a través de las plataformas de autogestión que brinda la Universidad y realizar el pago de sus conceptos, por los medios habilitados a tal fin, considerando que el plazo de acreditación estimado es de 72 horas hábiles de efectuado.
Por ello, es responsabilidad de cada estudiante:
Quienes registren deuda de períodos anteriores, no podrán pagar la matrícula y/o aranceles del período actual sin antes cancelar el período adeudado. Hasta que no se regularice la situación administrativa, tampoco se podrán abonar tasas correspondientes al pago de trámites. Por este motivo, todo pago que realicen por cualquier concepto se imputará primero a cubrir el monto de la deuda que registre, pudiendo la Universidad aplicar recargo por mora sobre el monto adeudado.
En caso de que se produzca el rechazo de un pago cualquier motivo, la Universidad notificará e intimará al estudiante para la regularización de la deuda en un plazo determinado. Si no se regulariza la situación en dicho plazo, se procederá a su baja administrativa
Para las carreras de posgrado y programas de educación continua deberán regirse por las normas generales establecidas en el presente reglamento y lo establecido de manera específica en el Reglamento correspondiente a cada carrera/programa.