La vigencia de la matrícula es semestral, y es requisito que el alumno la tenga paga y activa para poder rendir exámenes parciales, finales o la Defensa Oral de su Seminario Final. El Alcance de cada matrícula es el siguiente:
El alumno que desee cursar materias en los periodos habilitados, deberá contar con los aranceles del periodo abonados y no deberá poseer deuda alguna. La modalidad de pago es por paquete de materias, según la carrera y/o modalidad.
Los alumnos de Modalidad Presencial (P) tendrán la opción de generar y abonar diferentes opciones de tickets por 1 (una) materia, 3 (tres) materias, 4 (cuatro) materias y seis (materias), pudiendo combinarlos, según la cantidad de materias que tengan habilitadas para cursar y hasta el máximo permitido de 8 (ocho) materias por semestre de cursado.
Los alumnos de Modalidad Presencial Home (PH) y Distancia (ED y EDH) tendrán la opción de generar y abonar tickets por paquetes materias, según los esquemas siguientes:
CARRERAS DE GRADO(+) | CARRERAS DE PREGRADO(*) | |||
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Hasta 3 (tres) materias | Hasta 6 (seis) materias | Hasta 2 (dos) materias | Hasta 4 (cuatro) materias | |
Inscripción en el Subperíodo A | Ticket Diferenciado (60% del valor de Ticket A + Ticket B) | Arancel por semestre completo (Ticket A + Ticket B) | - | Arancel por semestre completo (Ticket A + Ticket B) |
Inscripción en el Subperíodo B | Ticket B (50% del Arancel por semestre completo) | Ticket B (50% del Arancel por semestre completo) |
(+) Cuando el alumno de Grado, habiendo generado aranceles para el semestre completo (Ticket A y Ticket B) haya abonado solo el ticket A y decida cursar sólo 3 (tres) materias durante todo el semestre, deberá abonar un arancel complementario, equivalente al 10% del valor total del semestre, para optar por el denominado Arancel o ticket diferenciado.
CICLOS DE COMPLEMENTACION(*) | PREGRADO PROCURADOR(*) | |||
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Hasta 2 (dos) materias | Hasta 4 (cuatro) materias | Hasta 3 (tres) materias | Hasta 5 (cinco) materias | |
Inscripción en el Subperíodo A | - | Arancel por semestre completo (Ticket A + Ticket B) | - | Arancel por semestre completo (Ticket A + Ticket B) |
Inscripción en el Subperíodo B | Ticket B (50% del Arancel por semestre completo) | Ticket B (50% del Arancel por semestre completo) |
(*) Los alumnos que cursan carreras de pregrado o ciclos de complementación curricular (MD), no cuentan con la opción de generar arancel diferenciado para inscribirse en el subperíodo A.
Nota: Para más información ver sección 3.5 Inscripción a Materias y 4.1.3 Normas Arancelarias de materias extras.
El alumno que, estando habilitado para ello (ver sección 3.5 Inscripción a materias), decida cursar asignaturas extra a las contempladas en el paquete de materias cuyo/s tickets generó y abonó, deberá asumir el pago del arancel correspondiente, según corresponda:
En materias extras no aplican beneficios o becas sobre aranceles que el alumno pueda tener vigentes en su legajo.
El alumno que, estando habilitado para ello, se inscriba a materias en el periodo excepcional de cursado de verano que se dicta entre los meses de febrero y marzo, deberá abonar un arancel individual por cada materia. El pago del arancel deberá realizarse antes del comienzo de cursado y como plazo máximo el de finalización de periodo de cursado.
En materias de verano no aplican beneficios o becas sobre aranceles que el alumno pueda tener vigentes en su legajo.
El alumno debe generar sus tickets a través de las plataformas de autogestión que brinda la universidad y realizar el pago de sus conceptos, por los medios habilitados a tal fin, considerando que el plazo de acreditación estimado es de 72 horas hábiles de efectuado.
Por ello, es responsabilidad de cada estudiante:
El alumno que registra deuda de períodos anteriores, no puede pagar la matrícula y/o aranceles del período actual sin antes cancelar el período adeudado. Hasta que no se regularice la situación administrativa, tampoco se podrán abonar tasas correspondientes al pago de trámites. Por este motivo, todo pago que realice el alumno por cualquier concepto se imputará primero a cubrir el monto de la deuda que registre, pudiendo la Universidad aplicar recargo por mora sobre el monto adeudado.
En caso de que se produzca el rechazo de un pago cualquier motivo, la Universidad notificará e intimará al alumno para la regularización de la deuda en un plazo determinado. Si el alumno no regulariza su situación en dicho plazo, se procederá a su baja administrativa
De acuerdo a la Res. Rec. 479/08 vigente, se establece para los alumnos con Régimen de Pago por Puntos lo siguiente:
Para las carreras de posgrado y programas de educación continua los alumnos deben regirse por las normas generales establecidas en el presente reglamento y lo establecido de manera específica en el Reglamento correspondiente a cada carrera/programa.